Directora Regional del SERNAC, junto a funcionario de SERNATUR visitó el Aeropuerto de Balmaceda para explicar a los viajeros sus derechos.
Coyhaique.- Con el propósito de informar a los consumidores que comienzan a disfrutar de sus vacaciones, el SERNAC y SERNATUR visitaron el Aeropuerto de Balmaceda, para explicar a los usuarios sus derechos en este mercado.
Durante la actividad, la Directora Regional del SERNAC, María Francisca Ortiz, junto a funcionarios de SERNATUR entregaron información a los viajeros, recordando los nuevos derechos que establece la Ley Pro Consumidor al momento de utilizar el transporte aéreo.
“Es muy importante que los pasajeros conozcan los derechos al viajar en avión y que sepan que en caso de algún problema siempre pueden reclamar ante el SERNAC”, señaló Ortiz.
En este contexto, la autoridad regional explicó que, con la entrada en vigencia de la Ley Pro Consumidor (Ley 21.398), los consumidores tienen una serie de nuevos derechos al viajar dentro de Chile.
Si el consumidor compró un boleto para volar dentro del territorio nacional y no puede embarcarse en el vuelo por causa de una sobreventa de pasajes, tiene derecho a una compensación de entre 2 y 20 UF, dependiendo de la distancia del vuelo denegado y el retraso en arribar al destino.
En caso de que no pueda viajar por sobreventa de pasajes, los pasajeros tienen dos opciones: abordar el próximo vuelo disponible, y que la empresa cubra algunos gastos producto de la espera, como alimentación, traslado, entre otras; o exigir la devolución del dinero, proceso que deberá ser de manera expedita.
Por otro lado, si un consumidor no utiliza un tramo o trayecto de ida y vuelta en un vuelo nacional, la aerolínea no podrá negar ni condicionar la utilización del resto de la fracción o tramo, si la persona se presenta oportunamente al chequeo y embarque.
Los consumidores tienen derecho a cambiar un viaje o solicitar la devolución del dinero pagado, si presentan un certificado médico que pruebe un impedimento para viajar.
El consumidor siempre tendrá derecho a que la aerolínea le devuelva lo pagado por las tasas de embarque por un viaje no realizado, lo que deberá hacerse en un plazo máximo de diez días, y a través del mismo medio que utilizó para pagar el pasaje.
Las aerolíneas deberán tomar las medidas necesarias para que los niños menores de 14 años viajen en asientos contiguos a los de al menos un adulto de su familia o de algún adulto incluido en la misma reserva.
En el caso del traslado de animales, las aerolíneas deben establecer condiciones que aseguren razonablemente su seguridad y bienestar.
Derechos en el turismo
Además de los derechos de la “Ley Pro Consumidor” relacionados con el transporte aéreo, es importante recordar que los consumidores están protegidos cuando contratan servicios turísticos.
En este sentido, recalcar que las personas tienen derecho a recibir servicios de calidad; a que los precios sean informados y respetados; a recibir información veraz y oportuna de lo que está contratando y que se respete lo acordado.
Las empresas deben respetar y cumplir todo lo informado u ofrecido a través de la publicidad, folleto, afiches, promociones, avisos en prensa o sitios web.
Para los usuarios que opten por el servicio de una agencia de turismo, deben saber que éstas tienen que responder directamente frente al consumidor, aunque hayan actuado como intermediarias de otras empresas.
Las cláusulas en los contratos donde la empresa dice que no responder por incumplimientos, no valen. Si un consumidor contrata a una agencia, debe responder por todo lo comprometido.
Es importante que los consumidores contraten servicios o compren productos sólo en el comercio establecido. Sólo de esta forma podrán ejercer sus derechos en caso de algún problema.