En una decisión que marca un giro en el caso, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas anuló el juicio y emitió una sentencia que absuelve a tres carabineros inicialmente condenados por vejación injusta durante el “estallido social”. El caso se remonta a la detención de dos jóvenes preadolescentes en medio de los disturbios.
Tras acoger los recursos de nulidad presentados por los defensores públicos, el tribunal regional revocó la condena previa dictada en febrero de este año. En el juicio, la Fiscalía acusó a cuatro funcionarios de Carabineros por “apremios ilegítimos” contra los menores de edad.
El fallo del Tribunal Oral en lo Penal, que originalmente condenó a tres carabineros por “vejaciones injustas”, destacó que las acciones de los agentes generaron miedo y temor en los niños, sometiéndolos a medidas de seguridad que no estaban justificadas.
Los absueltos en esta nueva resolución son el sargento 2do Vicente Fernández Bolaño y los cabos 2º Paulo Tenorio Almonacid e Ignacio Quezada de la Fuente, mientras que el teniente Alonso Zúñiga Vergara fue exonerado de todos los cargos.
Las defensas de los carabineros absueltos argumentaron que las acciones de sus representados se dieron en el contexto de instrucciones recibidas y en cumplimiento de normativas vigentes en aquel momento, sin intención de humillación. La Corte de Apelaciones respaldó esta postura al considerar que no hubo dolo en las acciones de los agentes.
Jaime Obando, asesor jurídico de la Defensoría regional de Magallanes, expresó su satisfacción por la resolución de la Corte, que respaldó las argumentaciones de las defensas y absolvió a los carabineros implicados en el caso.