La Dirección del Trabajo (DT) ha emitido el dictamen N°656/24, estableciendo que los trabajadores podrán disponer de tres horas para votar en las elecciones regionales y municipales del 26 y 27 de octubre. Este derecho se extiende tanto para sufragar como para excusarse de hacerlo.
Según el dictamen, los empleadores deben garantizar que los trabajadores puedan ejercer este derecho sin afectar sus remuneraciones o recibir sanciones. Además, se otorga la libertad a los trabajadores para elegir en cuál de los dos días acudirán a votar, sin que los empleadores puedan imponer restricciones.
El dictamen también contempla que los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral podrán disponer del tiempo necesario para cumplir con sus funciones durante ambos días.
El feriado legal del domingo 27 de octubre se aplicará solo para los trabajadores del comercio que laboren en malls, strip centers y centros comerciales bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Otros establecimientos como supermercados y grandes tiendas podrán seguir funcionando el domingo.
La DT ha enfatizado que la ley no obliga a los trabajadores a ejercer su derecho a votar en un día determinado, por lo que son libres de hacerlo en cualquiera de las dos jornadas.